IA en el Estatuto del Artista

«El Artículo 13 del Estatuto del Artista, relativo al uso de la inteligencia artificial para generar contenido de imagen o voz contraviene el Artículo 12 que corresponde al reconocimiento de los derechos de autoría», asegura Nia Soler, representante de la plataforma Arte es Ética en España. «El funcionamiento de cualquier servicio de IA generativa es ilícito. No importa lo que se decida hacer a través de un contrato laboral, el problema es que se entrenaron con millones de obras y datos de personas que no consintieron».

El texto definitivo del nuevo Estatuto del Artista actualizado, uno de los compromisos con el sector que el Ministerio de Cultura arrastra de la anterior legislatura, sigue dando pequeños pasos, a cámara lenta, hacia su aprobación. La semana pasada el Ministerio de Trabajo anunció su salida a información pública como paso previo a posibles consultas o alegaciones que debería llevar, en breve, al Consejo de Ministros. Las reticencias o esperanzas de los diferentes colectivos afectados siguen siendo casi idénticas a las de verano u otoño de 2025.

Plataformas como la mencionada Arte es Ética o la Asociación Profesional de Actores de Figuración (APAF) han expresado su rechazo a la versión final del mencionado artículo 13, referido a la IA, de la reforma del Real Decreto 1435/85, dada a conocer el pasado viernes 23 de enero. Otras formaciones sindicales han considerado que el texto no resuelve los problemas de precariedad de una parte del sector audiovisual.

Fuente: CINECONÑ

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